lunes, 28 de febrero de 2011

GARANTÍAS DE SEGURIDAD JURÍDICA

 
De acuerdo con la suprema corte de justicia de la nación , la seguridad jurídica es la certeza que debe tener el gobernado de su persona, familia, posesiones o derechos serán respetados por la autoridad; se refiere a que todo individuo debe contar con la seguridad  de que sus derechos y posesiones serán respetados en todo momento y para que se pueda dar una afectación, sobre estos por parte de la autoridad, está deberá de observar ya apegarse o lo dispuesto de acuerdo a los ordenamientos penales cumpliendo de manera correcta de acuerdo a lo establecido en la carta magna.
Las garantías de seguridad jurídica surgen debido a que el estado, al hacer uso del poder con el que cuenta, al realizar cualquier acto de autoridad a través de los diferentes órganos, de alguna manera u otra la esfera jurídica del gobernado. Es decir afecta su vida, sus propiedades, su libertad, sus posesiones, su familia  es por eso que el gobernado debe contar con alguna certeza de que el estado se deberá apegar a diversos lineamientos que legitimen su actuar.
La seguridad jurídica es, en el fondo, la garantía dada al individuo por el Estado de modo que su persona, sus bienes y sus derechos no serán violentados o que, si esto último llegara a producirse, le serán asegurados por la sociedad, la protección y reparación de los mismos.

CONCEPTO DE DERECHO

CONCEPTOS DE DERECHO
El derecho es el conjunto de normas jurídicas, que mandan y prohíben la conducta del hombre en sociedad. Proviene de la palabra directum que significa dirigir.
 El Derecho civil es el conjunto de normas jurídicas y principios que regulan las relaciones personales o patrimoniales entre personas privadas o públicas. El cual se subdivide en:
-       Derecho de las personas
-       Derecho de la familia
-       El Derecho de cosas o de bienes
-       El Derecho de las obligaciones y los contratos
-       El Derecho de sucesiones o sucesorio
Principios del derecho civil; libertad humana, igualdad jurídica, dignidad humana de la persona humana frente al derecho del estado.
Conclusión DERECHO CIVIL: es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones más generales y cotidianas de la vida de las personas.